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CREDITO SI, PERO CON MAS CONTROL

Tema(s): En: El Comercio, Negocios 8 abr. 1996, p. B.3Resumen: La Junta Monetaria expidió una regulación que pone más control a las entidades financieras que ante problemas de iliquidez accedan a los créditos subordinados que puedan otorgar el Banco Central del Ecuador. Según la normativa, el Banco Central saldrá en auxilio de esas entidades cuando la posibilidad de su liquidación cause perjuicio a un gran número de depositantes, suspenda el flujo normal de pagos entre las instituciones financieras, implique la liquidación de otras entidades por relaciones crediticias, o genere inestabilidad en todo el sistema. Los condicionamientos son entre otros: El plazo y el monto serán determinados por la Junta Monetaria, de acuerdos a los informes del Banco Central y la Superintendencia de Bancos y no excederán los máximos establecidos por la ley. La tasa de interés será la básica de Banco Central y se reajustará semanalmente. Además, previamente a la concesión del préstamo subordinado, los accionistas de al menos el 76 por ciento del capital pagado de la entidad que recibe el préstamo deberán constituir en fideicomiso sus acciones, designando al Banco Central como fiduciario, es decir, este asume el control efectivo de la junta general de accionistas de la entidad.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO RESUM-006712 (Navegar estantería(Abre debajo)) El Comercio, Negocios. 8 abr. 1996, p. B.3 Disponible

La Junta Monetaria expidió una regulación que pone más control a las entidades financieras que ante problemas de iliquidez accedan a los créditos subordinados que puedan otorgar el Banco Central del Ecuador. Según la normativa, el Banco Central saldrá en auxilio de esas entidades cuando la posibilidad de su liquidación cause perjuicio a un gran número de depositantes, suspenda el flujo normal de pagos entre las instituciones financieras, implique la liquidación de otras entidades por relaciones crediticias, o genere inestabilidad en todo el sistema. Los condicionamientos son entre otros: El plazo y el monto serán determinados por la Junta Monetaria, de acuerdos a los informes del Banco Central y la Superintendencia de Bancos y no excederán los máximos establecidos por la ley. La tasa de interés será la básica de Banco Central y se reajustará semanalmente. Además, previamente a la concesión del préstamo subordinado, los accionistas de al menos el 76 por ciento del capital pagado de la entidad que recibe el préstamo deberán constituir en fideicomiso sus acciones, designando al Banco Central como fiduciario, es decir, este asume el control efectivo de la junta general de accionistas de la entidad.

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